Lo detallado más adelante son los requisitos que se deben cumplir para poder presentarse en ventanilla y solicitar el visado por reagrupación familiar en régimen comunitario, sin ningún problema,la información mucho mas detallada la pueden encontrar en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
Al llegarme la documentación del matrimonio, fui al Consulado Español en Lima, no tuve necesidad de pedir cita previa, cuando el reagrupante es ciudadano español, se tiene esas ventajas de no pedir cita por Internet, te atienden de lunes a viernes desde las 8:30 am.
Aquel día recuerdo que tenía mil kilos de nervios encima, mas o menos para que se hagan una idea, las siete personas que estuvieron delante de mi les denegaron el visado, ya se imaginaran como me encontraba yo, pero aun sí, no decaí seguí adelante, cuando ya era mi turno volvieron los nervios.
Estuve con el funcionario solo unos instantes, cumplí con toda la documentación exigida, recuerden que es importante tener presente la información que esta en la web, antes de 15 días ya tenía en mi pasaporte el visado para poder viajar a España.
Cuanta satisfacción sentimos los dos después de todo este proceso.
Requisitos
La solicitud debe presentarse mediante un formulario de solicitud debidamente cumplimentado (original y copia), que puede descargarse gratuitamente de esta página web o puede ser obtenido también gratuitamente en todas las Oficinas Consulares de España en el extranjero. Al formulario de solicitud hay que acompañar:
· Una fotografía tamaño pasaporte en color, de frente, con fondo blanco, pegada al formulario de solicitud (requisitos técnicos de la fotografía).
· Pasaporte o título de viaje válido como mínimo a la fecha de expiración del visado. Debe acompañarse de una fotocopia A4 de las 2 primeras páginas y, si ha sido renovado, de la página donde conste la renovación.
· Fotocopia compulsada del DNI (ciudadanos españoles) o del pasaporte (ciudadanos españoles o comunitarios) del reagrupante. El DNI o pasaporte original podrá ser presentado en ventanilla en el momento de presentar la solicitud de visado, junto con una fotocopia, para que sea cotejado en la misma ventanilla.
· Justificante de empadronamiento actualizado del reagrupante en España, expedido por el Ayuntamiento de su localidad de residencia (original y una fotocopia A4), junto con una fotocopia compulsada de la tarjeta de residencia o certificado análogo que acredite la residencia en España en el caso de ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.
· Carta simple del ciudadano español o comunitario, en la que se indiquen claramente su nombre y apellidos completos, su número de pasaporte o DNI y su petición de que se expida visado a su familiar extranjero porque su familiar se va a reagrupar con él en España. La carta tiene que estar fechada y firmada (original y una fotocopia A4).
· Si el reagrupante reside en Perú, y se traslada a vivir a España, certificado de Baja expedido por el Consulado General de España en Lima, acompañado del pasaporte y una fotocopia A4 si el reagrupante no dispone de DNI.
Los solicitantes de visado de residencia para reagrupación familiar en régimen comunitario están exentos del pago de las tasas de visado.
Además, según la persona a la que se vaya a reagrupar, deberán presentarse los siguientes documentos:
Reagrupante español
Cónyuge
· Si el matrimonio se inscribió en el Registro Civil Consular hace menos de nueve meses, Libro de Familia (original y una fotocopia A4).
· Si el matrimonio se inscribió en el Registro Civil Consular hace más de nueve meses, partida literal de matrimonio expedida por el Registro Civil Central de España, con fecha de expedición inferior a tres meses (original y una fotocopia A4).